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OTRAS ESPECIES






        bertura legal a la triste realidad a   poner de manifiesto que la única   gente preocupación social sobre el
        la que nos enfrentamos, la gran     diferencia existente entre un jabalí   bienestar animal, sepan que como
        carencia que marca el “avanzado     y un perro, es precisamente esa: un   bien dijo Arthur Schopenhauer en
        precepto” (337 CP) respecto de la   jabalí y un perro. Sea lo que fuere,   su famosa y exprimida expresión:
        efectividad real de los derechos de   no deja de encuadrarse en la defi-  “Quien es cruel con los animales no
        los animales, versa sobre la despro-  nición que a ambos les otorga el   puede ser buena persona”.
        tección que acucian aquellos po-    TFUE o la propia DUDA.               Siendo así, la reprochabilidad de
        bres que cuentan con la fortuna de    En este sentido, es de justicia   las conductas en los casos de mal-
        vivir en su entorno natural, el que se   hacer mención de sentencias plau-  trato animal, sea cual fuere el caso,
        les permite, especies silvestres que   sibles que hacen de la Ley la arti-  no debe quedar en simbólicas de-
        no hacen más que sobrevivir en el   maña perfecta para aquellos que     nuncias de ciertos sectores socia-
        medio que les es propio. Y es así,   se suman a la misma en pro de su   les definidos como animalistas, en
        como bien es sabido, que el bien ju-  impunidad.                        muchas ocasiones de forma des-
        rídico a proteger por el art. 337 CP   Visto sea el caso de un zorro fa-  pectiva, sin apreciar más allá de un
        es el animal domesticado.           llecido por inanición, pues su captor   simple movimiento, o de una moda,
          En otro caso, habría que acudir al   (cazador) lo tenía enjaulado en su   pues hay mucho más que analizar,
        art. 334 CP, respecto de la fauna y   finca, sin atención alguna. El Juz-  que reflexionar, y mucho más que
        flora silvestre, por cuanto confor-  gado de lo Penal nº 26 de Barcelo-  corregir. El dolor y el sufrimiento no
        man parte del patrimonio del ser hu-  na condenó al sujeto al considerar   puede admitirse en ninguna de sus
        mano, no en sí como aquel efímero   que el animal se encontraba bajo el   formas y, pese a muchos pesares,
        derecho que pudiera tener aquel     control humano y no vivía en estado   el maltrato animal es una forma más
        ser vivo sintiente, per se, dotado   salvaje, encuadrando parte de su   de dolor y sufrimiento. Es una reali-
        de sensibilidad al que pasivamente   conducta en el tipo básico del art.   dad objetiva.
        despojamos de esta característica,   337.1 CP.                           En consecuencia de todo lo ex-
        pues en este caso, ha tenido la mala   Sirvan las meritadas argucias le-  puesto, debiera ser obvia la reflexión
        fortuna de no hallarse bajo las fal-  gales para la condena de sujetos   sobre meras palabras que, sumadas
        das del ser humano… Menudo des-     despiadados que, para consuelo de   a la de otros muchos compañeros,
        tino el suyo.                       incrédulos y reticentes a la emer-  dan difusión a una ilógica y más que
          Pues bien, ante tal escenario,                                              injusta situación, en especial
        encontramos casos esperpén-                                                   para aquellos vocacionales
        ticos  cuyos  sujetos  responsa-                                              que optamos por el Derecho
        bles, lo son si acaso, de sanción                                             como forma de participar en
        penal enmarcada en el citado                                                  la Justicia y que, de suerte,
        art. 334 si la especie perjudi-                                               conocemos preceptos como
        cada por la conducta, además,                                                 los  citados,  y  como  el  que
        tiene la suerte de catalogarse                                                quizá  sea  la clave,  para  tan
        como “protegida”.                                                             nefasto panorama: al formu-
          ¿Y qué ocurre con aquellas                                                  lar y aplicar las políticas de la
        otras especies no cataloga-                                                   Unión en materia de agricul-
        das? Pues lamentablemente,                                                    tura, pesca, transporte, mer-
        NADA. Valgan ejemplos de los                                                  cado interior, investigación
        que se han servido otros com-                                                 y desarrollo tecnológico y
        pañeros, tan lamentablemente                                                  espacio, la Unión y los Esta-
        ilustrativos  como  aquel  grupo                                              dos miembros tendrán plena-
        de excursionistas que dieron                                                  mente en cuenta las exigen-
        muerte a un jabalí en los Picos                                               cias en materia de bienestar
        de Europa, arrojándolo por un                                                 de los animales como seres
        barranco previo ensañamiento                                                  sensibles, respetando al mis-
        cruel mediante golpes y agre-                                                 mo tiempo las disposiciones
        siones y, sin ánimo reiterativo,                                              legales o administrativas y
        su mención no debiera desme-                                                  las costumbres de los Esta-
        recer atención alguna, pues el                                                dos  miembros  relativas,  en
        asunto es grave.                                                              particular, a ritos religiosos,
          Ciertamente, el reproche pe-                                                tradiciones culturales y patri-
        nal viene dado por la conside-                                                monio regional. Art. 13 – Tra-
        ración delictiva de la conducta,                                              tado de Funcionamiento de
        sin  embargo,  la  razón  llama  a                                            la UE (Derecho originario).




        Nº 51 mayo 2021                                                                         LADRIDOS   27
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